Auditoría de Redes de Proveedores- Capítulo 48 del Código de Seguros de Salud
El Artículo 48.130 del Código de Seguros de Salud de Puerto Rico requiere a todo asegurador y organización de servicios de salud que ofrezca planes médicos, realizar anualmente, una auditoría de su red de proveedores por una firma auditora privada independiente. A continuación, se presentan los resultados de las auditorias de las redes de proveedores por asegurador u organización de servicios de salud, a los cuales usted podrá acceder seleccionando el nombre del asegurador u organización de servicios de salud:

AVISO: La información presentada a continuación no ha sido objeto de una auditoria por parte de la OCS. Las auditorias han sido preparadas por firmas auditoras privadas independientes.

                          Auditorías Año Calendario 2023: